Factura electrónica

El MINCETUR oficializa la devolución de IGV a los turistas extranjeros en Perú

sistema tax free en Perú

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) de Perú ha anunciado la puesta en marcha de un nuevo sistema para la devolución del Impuesto General de Ventas (IGV) por las compras de bienes y servicios que realicen los turistas extranjeros durante su estancia en Perú.

El 16 de abril se publicó en el diario oficial El Peruano, el Decreto Legislativo Nº. 1548, el cual modifica la ley del impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto selectivo al consumo (ISC), respecto a la devolución del IGV a favor de los turistas. Dicho Decreto tiene por objeto flexibilizar las condiciones del beneficio de devolución del Impuesto General a las Ventas a favor de los turistas extranjeros, regulado en el artículo 76 de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, a fin de contribuir con la reactivación del turismo receptivo en el país.

El decreto entrará a regir, una vez que se encuentre vigente la resolución de superintendencia que regule el procedimiento de devolución del IGV, y se encuentre operativo el primer puesto de control habilitado, lo cual será informado en un próximo comunicado.

Desde el propio MINCETUR esperan que el sistema de Tax Free este implementado y en funcionamiento durante el me de junio.

Decreto Legislativo No.1548: Principales modificaciones del artículo 76

  • La devolución se efectúa a través de la SUNAT o de entidades colaboradoras de la Administración Tributaria, o a través de ambas.
  • Se va a definir un reglamento con los requisitos administrativos y técnicos con las que deben cumplir dichas entidades colaboradoras para sumarse al sistema de Tax Free.
  • En caso de que los turistas soliciten la devolución del IGV pagado por sus compras de bienes a través de una entidad colaboradora de la Administración Tributaria, aquella puede cobrar al turista por la prestación de este servicio. Dicha entidad colaboradora solicita a la SUNAT el reembolso de los importes devueltos a los turistas.

¿Qué sabemos del procedimiento de calificación de los establecimientos para formar parte del sistema de Tax Free?

  • Los establecimientos deben inscribirse en el registro que para tal efecto va a implementar la SUNAT.
  • Los establecimientos no deben haber sido calificados por la SUNAT con alguno de los dos (2) niveles más bajos de cumplimiento de los establecidos en la normativa correspondiente. Esto significa que deben estar al día de sus obligaciones fiscales. Si bien, se habla de una disposición transitoria en este sentido que no impediría registrarse, sin requerir que se encuentren en el Régimen de Buenos Contribuyentes o que cuenten con alguno de los niveles de cumplimiento requerido por la normativa correspondiente. Sin embargo, transcurrida la referida temporalidad, a algún establecimiento inscrito en el registro a cargo de la SUNAT se le califique con alguno de los dos (2) niveles más bajos de cumplimiento de los establecidos en la normativa correspondiente, dicho establecimiento debe ser excluido del mencionado registro de pleno derecho.
  • El referido registro tiene carácter constitutivo, debiendo cumplirse con las condiciones y requisitos que señale el reglamento para inscribirse y mantenerse en el mismo.

Los principales beneficios de este nuevo sistema de Tax Free anunciada por el gobierno de Perú son: 

  • Impulso del turismo y atracción de viajeros a través de la devolución del impuesto a las ventas que se realiza por las compras efectuadas en el país que visita.
  • Fomentar la creación y profesionalización de un sector de comercios dirigido a los turistas, ya que los establecimientos tienen que estar registrados y autorizados por el SUNAT para operar en el sistema de Tax Free.
  • Aumentar el gasto promedio entre los turistas que ingresa en el país motivados por la rebaja del IGV en los precios.
  • Generar el incremento de ventas en los establecimientos cuyo público objetivo sea el mercado de turistas.
  • Poder competir con las principales potencias turísticas del mundo que ya ofrecen dichas ventajas a los turistas. En la actualidad, este incentivo fiscal se encuentra en más de 37 países de todo el mundo, y el Latinoamérica en países como Uruguay, Argentina, Chile y México.

La SUNAT modificó el Reglamento de Comprobantes de Pago y la normativa sobre emisión electrónica para permitir la emisión de facturas a turistas

A principios de año, el gobierno publicó la Resolución de Superintendencia Nº 000005-2023/SUNAT, en la cual básicamente facilita que los comercios autorizados puedan emitir facturas a turistas que carecen de número de RUC, así como notas de crédito y de débito vinculadas a estas.

La SUNAT exceptuará del requisito de consignación del número de RUC del adquirente o usuario. En su caso, se deberá ingresar los nombres y apellidos, denominación o razón social del adquirente o usuario.

De esta forma, observamos como el gobierno, ya estaba preparando el terreno para poder implementar el nuevo sistema de Tax Free que verá la luz en los próximos meses.

EDICOM, partner tecnológico para factura electrónica en Perú

Aún quedan pendientes de publicación los detalles que van a regular el sistema y procedimientos para la devolución del IGV, entre los que se tendrá que detallar de qué forma se declararán los comprobantes de pago.

EDICOM ofrece la solución Global E-Invoicing Platform para la gestión de las facturas electrónicas en Perú. Una de las prestaciones clave del servicio es su constante actualización y adaptación a los cambios de normativa tanto en Perú como en otros países de la región donde su empresa pueda tener intereses comerciales.

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