Autoridad fiscal
DGI - Dirección General Impositiva.
Automatice su proceso de facturación electrónica en Uruguay.
En Uruguay, las facturas electrónicas reciben el nombre de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). El sistema de facturación electrónica en Uruguay se conoce como el Régimen de Documentación mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos, y es la Dirección General Impositiva (DGI) la encargada de gestionar el proceso de emisión, recepción y conservación de los comprobantes. La DGI estableció un cronograma para determinar qué sujetos obligados debían comenzar a emitir facturas electrónicas, el cual comenzó su implementación en 2016 y fue extendiendo su uso a diferentes grupos de empresas hasta el 2022.
DGI - Dirección General Impositiva.
Es obligatoria para todos los contribuyentes tanto en emisión como en recepción.
Es necesario superar un proceso de registro administrativo y de certificación ante la DGI. Para ello, debe ser contribuyente pasivo de algunos de los impuestos regulados por la DGI y contar con un proveedor de facturación autorizado para la gestión de comprobantes fiscales y la firma electrónica de documentos mediante certificados digitales.
EL CFE (Comprobante Fiscal Electrónico) es un documento estructurado en formato XML con una sintaxis definida y mantenida por la DGI.
Es obligatoria la firma electrónica avanzada.
El contribuyente gestiona distintos CAE (Constancia de Autorización de Emisión) para numerar sus facturas y declararlas ante la DGI. Tras la confirmación de recepción por parte de la DGI, la factura puede ser enviada.
Normalizado, incorpora un sello digital representado en un código bidimensional con información fiscal que permite verificar la factura.
Obligatorio para emisor y receptor durante 5 años.
El contribuyente debe gestionar un libro diario de sus comprobantes fiscales electrónicos, libro CFE.
Contacte con uno de nuestros especialistas en factura electrónica.
Los datos personales recabados serán utilizados por las empresas del Grupo EDICOM para atender las consultas realizadas y/o gestionar los servicios solicitados. Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, limitación y portabilidad de sus datos de acuerdo con la dispuesto en la política de privacidad.
Obtención de los datos necesarios del ERP del cliente para su transformación al estándar XML establecido por la DGI y aplicación de mecanismos de validación de datos para controlar que contienen la información necesaria.
A cada documento se le aplica la firma electrónica avanzada. El contribuyente gestiona distintos CAE (Constancia de Autorización de Emisión) para numerar sus facturas y declararlas ante la DGI.
Tras la validación de la DGI, EDICOM procede al envío automático de los CFE a cada destinatario mediante canales de comunicación seguros y fiables (VAN privada, pasarela EDI, https, sftp, x400, OFTP, AS2, AS4...).
Archivo electrónico de los comprobantes con totales garantías de seguridad y accesibilidad durante un período legal de 5 años, tanto para el emisor como para el receptor.
Se encuentra disponible con acceso libre, en el Portal de eFactura de DGI, el listado de todos los emisores electrónicos autorizados. Además, está disponible para el uso exclusivo de los emisores electrónicos el listado actualizado de los mismos, con sus correspondientes direcciones de correo declaradas en DGI para la comunicación entre emisor y receptor, que pueden descargar diariamente.
Para los CFE se definió un formato único basado en el estándar XML, con zonas y atributos obligatorios, opcionales o condicionales dependiendo del tipo de CFE. La información considerada en la definición de los formatos es aquella específica de la transacción y que es necesaria para emisor y receptor.
Si hay otra información que el emisor/receptor requiere y que no está incluida en el formato definido por DGI, puede incluirse en la Zona Adenda, la cual no es enviada a la DGI.
CAE significa Constancia de Autorización de Emisión. Es un archivo XML que contiene el rango de numeración habilitado por DGI para cada tipo de CFE.
Los contribuyentes habilitados para documentar sus operaciones mediante CFE podrán solicitar la constancia de autorización para su emisión (CAE) después de recibir la comunicación que lo autoriza como emisor electrónico.
El emisor, previo al envío del comprobante al receptor electrónico, al transporte de las mercaderías, o a la entrega de su representación impresa al receptor no electrónico, deberá enviar cada uno de los comprobantes emitidos.
En el caso de la e-Factura de exportación y sus notas de corrección y el e-Remito de exportación, el emisor deberá enviar cada uno de los referidos CFE en forma previa al transporte de mercadería, a la entrega de la representación impresa o al envío a la Dirección Nacional de Aduanas.
Los reportes diarios son un resumen consolidado de todos los comprobantes fiscales electrónicos y documentos de contingencia emitidos en el día que se envía a la DGI. Se comienzan a generar desde que la empresa queda habilitada por DGI.
La firma electrónica avanzada es el sustituto digital de la firma manuscrita que acompaña a un comprobante fiscal electrónico, que se origina a partir del documento y permite verificar con certeza la identidad del emisor electrónico, mantener la integridad del comprobante fiscal electrónico e impedir al emisor electrónico desconocer su autoría o repudiarlo.
Es la representación de un CFE en un formato de imagen o PDF que cumple con el formato establecido para la representación impresa “Formato de los CFE”. Este documento incorpora un sello digital representado en un código QR con información fiscal del comprobante y puede imprimirse la cantidad de veces que sea necesario.
Los requerimientos técnicos y legales para la facturación electrónica son diferentes en cada país. Si quiere conocer los detalles y las obligaciones fiscales de cualquier país en particular, sólo tiene que hacer clic en el mapa o elegir un país de la lista desplegable.
Manténgase al tanto de las fechas clave de entrada en vigor de las obligaciones fiscales y de facturación electrónica en todo el mundo.
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